
seguro complementario de salud iNDIVIDUAL
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Requisitos para contratar este seguro: Contar con Isapre o Fonasa y tener entre 18 y 64 años de edad.
Preocúpate por tu salud y la de tu familia, no por los gastos
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Seguro
Complementario de Salud Individual
El Seguro Individual Complementario de Salud (SICS) es un seguro de salud destinado a financiar parte
de los gastos médicos que no fueron cubiertos por Fonasa o la Isapre del cliente.
Condiciones generales
La póliza que rige este seguro es la POL320220100 (SEGURO INDIVIDUAL COMPLEMENTARIO DE SALUD).
Asegurados
Las personas que pueden ser incluidas en este seguro son:
El Asegurado Titular, que a su vez es el contratante de la póliza, que cumpla con los requisitos de
asegurabilidad establecidos en este seguro.
Asegurados Dependientes, que son aquellas personas que forman parte del grupo familiar del asegurado
titular, entendiéndose por tales los siguientes:
- El o la cónyuge del asegurado titular;
- El o la conviviente civil del asegurado titular;
- El o la conviviente del asegurado titular cuando tengan hijos en común;
- Los hijos del asegurado titular menores de 24 años;
- Los hijos del o la cónyuge y del o la conviviente del asegurado titular menores de 24 años.
NOTA: Son convivientes civiles los que han celebrado un acuerdo de unión civil y se encuentre vigente.
Coberturas
La Compañía reembolsará al asegurado titular, hasta el Monto Máximo de Reembolso de cada Plan,
los Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados en que haya incurrido un asegurado a consecuencia
de una Incapacidad de Salud ocurrida durante la vigencia del asegurado en la póliza y por causas no
excluidas en esta.
Requisitos de Asegurabilidad
- Asegurados Titulares
Edad Mínima de ingreso: Desde los 18 años
Edad Máxima de Ingreso: 64 años y 364 días (Día anterior a cumplir los 65 años)
Edad Máxima de Permanencia: Hasta los 65 años y 364 días
- Asegurados Dependientes Cónyuge o Conviviente del asegurado titular
Edad Mínima de ingreso: Desde los 18 años
Edad Máxima de Ingreso: 64 años y 364 días (Día anterior a cumplir los 65 años)
Edad Máxima de Permanencia: Hasta los 65 años y 364 días
- Asegurados Dependientes Hijos
Edad Mínima de ingreso: 14 días (*)
Edad Máxima de Ingreso: 23 años y 364 días (Día anterior a cumplir los 24 años)
Edad Máxima de Permanencia: Hasta los 24 años y 364 días
(*) Para efectos de cobertura de un nuevo asegurado dependiente hijo que sea incorporado a la póliza, si
la concepción del embarazo y el parto se produjeron durante la vigencia de la asegurada “madre” en este
seguro, no se aplicará al nuevo asegurado dependiente hijo la exclusión de enfermedades preexistentes
incluida en el artículo 7 de las condiciones generales de la póliza POL320220100.
Si un Asegurado Titular deseare incorporar a nuevos asegurados dependientes, deberá solicitarlo a la
compañía de seguros y suscribir para estos efectos una declaración personal de salud por cada uno de
ellos. Los nuevos asegurados dependientes, tendrán inicio de vigencia el primer día del mes siguiente a la
aprobación de la compañía a la solicitud correspondiente.
Es condición de asegurabilidad mantener un contrato vigente o afiliación a una institución de salud
previsional (Isapre o Fonasa). No se considerarán como instituciones de salud previsional para efectos de
esta condición, instituciones tales como Capredena, Dipreca, Servicios de Bienestar y otros que entreguen
coberturas a gastos médicos de salud, distintos a Isapre o Fonasa.
Declaración Personal de Salud
Es condición para la contratación de este seguro la suscripción por parte del asegurado titular, de una
Declaración Personal de Salud (DPS), la cual será parte integrante de la póliza.
Las enfermedades preexistentes declaradas por el asegurado titular, tanto por él como por su grupo
familiar asegurado, no serán cubiertas por este seguro, por aplicación de la correspondiente exclusión de
cobertura por enfermedades o dolencias preexistentes, incluida en las condiciones generales del seguro.
Así también no operará la cobertura de este seguro si la causa del siniestro fuese producto de alguna
enfermedad o situación de salud preexistente, no declarada por el asegurado en su Declaración Personal
de Salud.
Descripción de las Coberturas y sus Limitaciones
Las coberturas incluidas en este seguro sólo son las indicadas en el presente Cuadro de Beneficios
(coberturas), las cuales se encuentran detalladas en el “Artículo 3. Descripción de las Coberturas y sus
Limitaciones” de las Condiciones Generales POL320220100.
Deducible
Este seguro contempla un deducible de UF 0,50 que se aplicará por cada asegurado, por cada periodo de
vigencia de la póliza y por cada una de sus renovaciones.
Monto Máximo de Reembolso
El monto máximo que la compañía reembolsará por los Gastos Médicos cubiertos por este seguro,
habiendo superado el Deducible establecido en la póliza, será de UF 200 por el Plan Estándar y UF 400 por
el Plan Premium.
El Monto Máximo de Reembolso será por cada asegurado, por cada periodo de vigencia de la póliza y por
cada una de sus renovaciones.
Urgencias
Reembolso de gastos de salud ambulatorios y hospitalarios en atención médica de urgencia.
Cobertura en atención médica
Reembolso de los gastos de salud ambulatorios y hospitalarios que no sean cubiertos por tu Isapre o Fonasa.
Cobertura en medicamentos
Reembolso de gastos en medicamentos ambulatorios recetados en una consulta médica (no urgencias).
Exámenes médicos
Reembolso de gastos en exámenes de laboratorio, radiografías, imagenología, ultrasonografía y medicina nuclear.
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(+56) 9 85486061
Mejicana N° 221, Punta Arenas
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